Servicios de gestión de entidades globales
A medida que las empresas se expanden a través de las fronteras, la gestión de entidades en múltiples jurisdicciones se vuelve cada vez más compleja....
No es imposible. De hecho, la digitalización de la administración pública y las entidades financieras facilitan, y mucho, crear una empresa en España. Los requisitos pueden variar según el tipo de negocio o de la comunidad autónoma, pero los primeros pasos son comunes a todos los casos.
Antes que nada, es necesario armar un plan de negocio. El mismo debe detallar la naturaleza de la empresa, sus características principales y las fuentes de financiación. También debe incluir la capacidad para generar empleo y evaluar la viabilidad del proyecto en general.
Se trata de un paso muy importante. Un plan de negocio plasma en concreto qué tipo de empresa quiere llevar adelante. También es un requisito que puede ser solicitado en cualquier instancia administrativa.
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Tras haber diseñado su plan empresarial, debe elegir la forma jurídica de su negocio. La elección de la forma jurídica dependerá de la actividad y sector de su negocio. También impactará en el número de socios, las necesidades económicas y la responsabilidad de los socios o aspectos fiscales.
Para constituir un negocio en España existen diferentes opciones jurídicas:
La Cámara de Comercio especifica que es necesario abrir una cuenta bancaria única y exclusiva para la empresa donde se depositará el capital social. Debe presentarse un certificado en el que conste el depósito en el banco, los datos de los socios de la empresa y las aportaciones realizadas.
Una cuenta bancaria es muy importante para su empresa. Por un lado, la mayoría de los bancos disponen de funciones que facilitarán las operaciones, como pagos masivos y asociación con servicios de contabilidad. Además, existen posibilidades más específicas de financiación, como líneas de crédito y otras condiciones más ventajosas.
Los requisitos para abrir una cuenta de empresa en un banco de España, sea el solicitante una persona jurídica o física, son:
Tras realizar el proceso de alta, el cliente puede contratar (directamente) la tarjeta de débito o solicitar alguna de las promociones de financiación disponibles. Una vez que acceda a la banca online, también podrá acceder a otros productos y servicios. Entre ellos, seguros, comercio exterior, comisión por transferencias, tarjetas de crédito, etc.
Desde la reforma de la Ley de Sociedades de Capital de 2018, ya no es obligatorio presentar el certificado bancario ante el notario. Los socios puedes declarar en la escritura que han realizado aportaciones dinerarias y que responden solidariamente por su veracidad.
Los requisitos para la escritura son:
Tras la firma de la escritura, el notario se encarga de enviar la escritura al Registro Mercantil para su inscripción.
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Una vez completados estos procedimientos necesarios para el proceso de constitución, deberá ponerse al día con Hacienda. De esta manera podrá darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, presentando el modelo 036. Herramientas como Sage 50 pueden ser de gran ayuda para organizar el negocio y mantenerlo al día con todo lo que es obligatorio presentar a Hacienda.
El NIF (o Número de Identificación Fiscal) debe gestionarse durante el mes siguiente a la fecha de constitución de la empresa. Se trata de un requisito obligatorio para las personas físicas y jurídicas que realicen actividades mercantiles en el espacio económico europeo. Sin NIF no se pueden emitir y recibir facturas.
Para finalizar, deberá acudir a la oficina local de la Seguridad social y registrar su nueva empresa. Si la entidad va a contratar trabajadores, se debe inscribir la empresa en la Seguridad Social antes del inicio de la actividad. Igual en caso de autónomo, antes de iniciar la actividad debe estar dado de alta en el RETA.
Desde febrero de 2025 ha sido eliminado el modelo 037. Todos los autónomos deben presentar el modelo 036 para darse de alta en Hacienda.
Para el alta en la SS no es obligatorio presentar el modelo 036, este modelo es obligatorio para el alta en Hacienda (sirve para el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, obtener el NIF, declarar el inicio de la actividad económica y elección del régimen fiscal). Entonces, lo que se necesita para el alta en la SS es:
En H&CO apoyamos la entrada de su negocio en España a través de nuestra filial Corpag, ofreciendo servicios integrales de gestión de entidades. Nuestro equipo de expertos proporciona servicios de agente registrado internacional adaptados a sus necesidades transfronterizas, garantizando que su empresa cumpla con las regulaciones locales. Gestionamos la correspondencia legal, las notificaciones fiscales y las presentaciones ante la administración de manera eficiente, manteniendo sus operaciones en regla.
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