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Tratado fiscal entre Estados Unidos y Corea del Sur

Tratado fiscal entre Estados Unidos y Corea del Sur
Tratado fiscal entre Estados Unidos y Corea del Sur
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Para las empresas, inversores y particulares estadounidenses con intereses en Corea del Sur,  navegar entre dos sistemas tributarios implica enfrentarse a una posible doble imposición, fricciones regulatorias y cargas de cumplimiento. Aquí es donde entra en juego el Tratado de Impuesto sobre la Renta entre Estados Unidos y Corea del Sur (el "tratado fiscal EE. UU.-Corea").

En H&CO, LLP, creemos firmemente en empoderar a personas y organizaciones para que conquisten nuevas fronteras, lo que incluye ayudar a nuestros clientes a aprovechar con confianza los beneficios que ofrecen los tratados fiscales bilaterales. Este tratado es más que un texto legal: es un puente que impulsa el comercio global, la inversión y el crecimiento económico mutuo, a la vez que protege a los contribuyentes de pagar dos veces impuestos por los mismos ingresos. Se alinea con nuestra misión de brindar experiencia y apoyo inigualables a nuestros clientes en su expansión internacional, ofreciendo tanto alivio como claridad.

En esta guía completa, analizaremos las disposiciones centrales del tratado fiscal entre Estados Unidos y Corea, exploraremos cómo fomenta la colaboración económica y destacaremos estrategias prácticas para maximizar sus ventajas. Tanto si se trata de una empresa que establece presencia en el extranjero, un inversor individual o una multinacional con operaciones transfronterizas, comprender este tratado es esencial.

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Panorama general del tratado

El Tratado sobre Impuesto sobre la Renta entre los Estados Unidos y Corea del Sur, formalmente conocido como la Convención entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de Corea para Evitar la Doble Tributación y Prevenir la Evasión Fiscal con Respecto a los Impuestos sobre la Renta y el Fomento del Comercio y la Inversión Internacionales, se firmó en Seúl el 4 de junio de 1976 y entró en vigor el 20 de octubre de 1979.

Los objetivos generales del tratado son:

  1. Prevenir la doble imposición mediante la asignación de derechos tributarios entre ambos países y la concesión de créditos para que los ingresos no sean gravados injustamente por ambos Estados.

  2. Fomentar el comercio y la inversión transfronterizos reduciendo las retenciones en la fuente sobre dividendos, intereses y regalías, y aclarando las normas sobre beneficios empresariales y establecimientos permanentes.

  3. Promover la cooperación y la transparencia tributaria mediante disposiciones de no discriminación, intercambio de información y mecanismos de resolución de disputas (como el procedimiento de acuerdo mutuo).


Protegerse contra la evasión fiscal estableciendo reglas y protocolos de intercambio de información para garantizar que los contribuyentes no puedan aprovechar las lagunas legales.

Entre los principales beneficios del tratado se incluyen: tasas de retención de impuestos reducidas, directrices para determinar la condición de establecimiento permanente (EP), desgravaciones fiscales mediante créditos fiscales extranjeros, protección contra la discriminación y mecanismos para resolver problemas relacionados con los tratados fiscales. Tanto para los contribuyentes estadounidenses como para los coreanos, estas disposiciones ofrecen un entorno fiscal más estable y predecible, fundamental para la planificación empresarial.

 

Su relación económica

Para apreciar plenamente el valor del tratado fiscal entre Estados Unidos y Corea, es útil comprender el contexto económico más amplio en el que opera, porque los tratados no existen en el vacío.

Lazos comerciales y de inversión

Corea del Sur es uno de los principales socios comerciales de Estados Unidos en Asia, con un sólido flujo bilateral de bienes, servicios y capital. Sectores como la tecnología, los semiconductores, la automoción, la industria farmacéutica y el entretenimiento (como el K-pop, el cine y los videojuegos) ilustran el dinamismo del comercio y la inversión transfronterizos.

Las empresas coreanas suelen invertir en operaciones estadounidenses, ya sea a través de centros de I+D, fabricación o empresas conjuntas, mientras que las multinacionales estadounidenses se benefician del acceso al mercado avanzado de Corea, su mano de obra altamente cualificada y su alcance regional. El tratado garantiza que, cuando las ganancias fluyan de una parte a la otra, las obligaciones fiscales sean justas, transparentes y no excesivamente onerosas.

 

Impacto del tratado en la colaboración empresarial

Al establecer tasas reducidas de retención de impuestos sobre dividendos, intereses y regalías, el tratado reduce el costo de los flujos transfronterizos de capital. Por ejemplo, las empresas estadounidenses que repatrian las ganancias de una filial coreana o los accionistas coreanos que invierten en empresas estadounidenses pueden disfrutar de menores costos fiscales, lo que mejora la rentabilidad de la inversión y fomenta la reinversión.

Mientras tanto, las normas de los tratados sobre establecimientos permanentes ayudan a definir cuándo una empresa en un país está sujeta a impuestos en el otro. Esta claridad es crucial: para una empresa estadounidense que establece una sucursal en Corea, o una empresa coreana que opera en EE. UU., las disposiciones sobre establecimientos permanentes garantizan que no se enfrenten a una exposición fiscal arbitraria.

Desde la perspectiva de H&CO, nuestra misión de empoderar a las organizaciones para conquistar nuevas fronteras se concreta con este tratado. Elimina la incertidumbre, ayudando a las empresas a expandirse con confianza e invertir en lugares que se alinean con su visión estratégica.

 

Disposiciones del tratado sobre el impuesto sobre la renta

Al analizar el tratado en sí, varias disposiciones merecen especial atención. Explicaremos las más importantes, teniendo siempre presente el compromiso de H&CO con las personas, la innovación y el conocimiento.

1. Alivio de la doble imposición

Una de las disposiciones fundamentales es el Artículo 5, que establece mecanismos para la desgravación por doble imposición. En virtud de este artículo:

  1. Los residentes o ciudadanos estadounidenses que tributan en Corea pueden solicitar un crédito fiscal extranjero en sus declaraciones de impuestos estadounidenses por los impuestos sobre la renta coreanos pagados, de conformidad con la legislación estadounidense.

  2. De igual manera, las empresas estadounidenses que reciben dividendos de filiales coreanas pueden deducir el impuesto de sociedades coreano pagado por el contribuyente coreano bajo ciertas condiciones.

Este sistema garantiza que los contribuyentes no paguen impuestos dos veces por los mismos ingresos, lo que fomenta la equidad y la eficiencia económica.

 

2. Reglas de origen y definiciones generales

El tratado define términos clave (residencia, empresa, establecimiento permanente) y establece las normas sobre la fuente de ingresos (artículo 6). Estas normas aclaran qué país se considera la fuente de los distintos tipos de ingresos, configurando los derechos tributarios en consecuencia.

3. Establecimiento Permanente (EP)

En el artículo 9, el tratado define un establecimiento permanente (EP) como un lugar fijo de negocios mediante el cual un residente de un país realiza negocios en el otro. Algunos ejemplos incluyen: oficinas, fábricas, almacenes, tiendas y proyectos de construcción con una duración superior a seis meses.

Sin embargo, ciertas actividades están específicamente excluidas, como el mantenimiento de existencias únicamente para almacenamiento, exhibición o entrega, o el uso de instalaciones para publicidad, investigación o recopilación de información (si es preparatoria o auxiliar).

Esta disposición es crucial: una empresa con operaciones en Estados Unidos que no cruza el umbral de PE puede evitar el impuesto a la renta estadounidense sobre sus operaciones en Corea, y viceversa: una poderosa palanca de planificación.

4. Ganancias empresariales

Según el Artículo 8, las ganancias empresariales (es decir, las ganancias derivadas de operaciones comerciales activas) tributan en el país de residencia, a menos que sean atribuibles a un EP en el otro país. Si el no residente tiene un EP en el país de origen, las ganancias vinculadas a dicho EP pueden tributar en dicho país.

5. Retención de impuestos sobre dividendos, intereses y regalías

El tratado limita las retenciones de impuestos en el país de origen sobre los flujos de ingresos pasivos, que es a menudo donde se produce la doble imposición.

Dividendos (Artículo 12): Los dividendos de cartera están limitados a una tasa de retención del 15%, mientras que los dividendos pagados a una empresa que posee al menos el 10% de las acciones con derecho a voto del pagador pueden tributar a un máximo del 10%.

Intereses (Artículo 13): La tasa máxima de retención sobre intereses es del 12 %. Sin embargo, los intereses pagados a los gobiernos o a sus organismos pueden estar exentos.

Regalías (Artículo 14): Generalmente, las regalías están sujetas a una retención máxima del 15 %. Sin embargo, para las regalías literarias, artísticas o similares (como las regalías cinematográficas), la tasa se limita al 10 %.

Estas tasas reducidas hacen que la financiación transfronteriza, la concesión de licencias de propiedad intelectual y la repatriación de beneficios sean más eficientes desde el punto de vista fiscal.

Ganancias de capital (Artículo 16): Según el Artículo 16, un residente de un país generalmente está exento del impuesto sobre las ganancias de capital en el otro país, excepto en casos específicos:

  1. Si la ganancia proviene de la venta de un inmueble ubicado en otro país.

  2. Si el vendedor tiene un establecimiento permanente en el otro país y el activo está efectivamente vinculado a dicho establecimiento.

  3. Para personas físicas: si tienen una base fija en el otro país durante al menos 183 días al año, o si están presentes en el otro país durante al menos 183 días y las ganancias están vinculadas a dicha base.

Esta norma puede reducir sustancialmente la carga fiscal sobre las ventas transfronterizas de inversiones, especialmente para los inversores estadounidenses pasivos en Corea o viceversa.

7. No discriminación (artículo 7)

Para promover la equidad, el tratado garantiza que los nacionales o las empresas de un país no sean discriminados injustamente por las leyes tributarias del otro país simplemente por su nacionalidad o lugar de constitución.

8. Procedimiento de Acuerdo Mutuo (MAP) e Intercambio de Información

El tratado incluye un procedimiento de mutuo acuerdo (Artículo 27) que permite a las autoridades competentes de ambos países resolver disputas, por ejemplo, cuando un contribuyente considera que ha sido gravado en violación del tratado.

Además, el Artículo 28 permite el intercambio de información entre las autoridades fiscales estadounidenses y coreanas para combatir la evasión fiscal y garantizar el cumplimiento.

9. Cláusula de salvaguardia

Existe una "cláusula de salvaguardia", común en los tratados fiscales estadounidenses, que preserva el derecho de Estados Unidos a gravar a sus ciudadanos o residentes como si el tratado no existiera. Esto significa que, incluso con el tratado, los ciudadanos o residentes estadounidenses podrían seguir pagando impuestos estadounidenses sobre sus ingresos mundiales, sujetos a créditos fiscales extranjeros, etc.

10. Cláusula especial: exención de la seguridad social para Guam

Por cierto, el tratado tiene una disposición inusual (Artículo 25): los residentes coreanos presentes temporalmente en Guam están exentos de los impuestos de Seguridad Social de Estados Unidos, pero sólo mientras siga vigente una exención similar para ciertos residentes filipinos.

 

Tributación de la renta en virtud del tratado

Después de haber cubierto el marco del tratado, exploremos cómo se tratan las diferentes categorías de ingresos bajo el Tratado de Impuesto sobre la Renta entre Estados Unidos y Corea, arrojando luz sobre cómo las empresas y los individuos pueden beneficiarse.

Dividendos

Según el Artículo 12, los dividendos pagos por una empresa coreana a un residente estadounidense (o viceversa) pueden tributar en ambos países, pero la retención en el país de origen está limitada:

Dividendos de cartera (inversores particulares): retención de hasta el 15 % en el país de origen.

Dividendos a una sociedad matriz (≥ 10 % de participación): retención limitada al 10 %.

Ejemplo: imaginemos que un individuo estadounidense posee algunas acciones de una empresa coreana que paga dividendos. Sin el tratado, Corea podría retener una tasa nacional. Pero con los beneficios del tratado, la retención podría reducirse al 15 %. Esto se traduce en mayores ingresos después de impuestos para el inversor. En Estados Unidos, esa persona puede solicitar un crédito fiscal extranjero por el impuesto coreano retenido, evitando así la doble imposición.

Interés

De conformidad con el artículo 13:

  1. Los intereses que surgen en un país y se pagan a un residente del otro pueden tributar en ese otro país, pero están limitados a una retención máxima del 12%.
  2. Los intereses pagados a gobiernos o entidades públicas similares pueden estar exentos.

Ejemplo: supongamos que una empresa coreana obtiene un préstamo de un banco estadounidense y paga intereses. Sin un tratado, el banco estadounidense podría enfrentarse a una alta retención de impuestos. Sin embargo, según el tratado, la tasa de retención está limitada al 12%, lo que reduce el coste financiero para el prestatario coreano y hace más eficientes los préstamos transfronterizos.

Regalías

De conformidad con el artículo 14:

  1. Las regalías pagadas de un país a un residente del otro suelen estar sujetas a una retención máxima del 15 %.
  2. Para regalías literarias, artísticas o similares, incluidas las regalías cinematográficas, el límite es del 10 %.

Ejemplo: una empresa estadounidense licencia su tecnología patentada a una empresa surcoreana. Los pagos por la licencia estarían sujetos a una retención fiscal en Corea, pero limitada al 15 %. Esta es una gran ventaja en comparación con las tasas nacionales potencialmente más altas, lo que hace que los acuerdos de licencia sean más atractivos y fiscalmente eficientes.

Ganancias de capital

Según el artículo 16:

  1. Generalmente, un residente de un país está exento del impuesto sobre las ganancias de capital en el otro país, a menos que se aplique alguna de las excepciones del tratado (bienes inmuebles, conexión con un establecimiento permanente o presencia/base fija de 183 días).

  2. En el caso de las personas físicas, si mantienen una base en el otro país durante 183 días o más, las ganancias vinculadas a dicha base pueden estar sujetas a impuestos.

 

Ejemplo: Un inversor estadounidense vende acciones de una empresa estadounidense mientras reside en Corea. Según el tratado, dicha ganancia podría no tributar en Corea. Pero si el inversor tiene una base fija o PE en Corea, o está presente durante más de 183 días, entonces podría aplicarse el impuesto coreano. En Estados Unidos, dicha ganancia generalmente ya está sujeta a impuestos, dado que proviene de Estados Unidos, pero el tratado aclara y limita dónde se pueden imponer otros impuestos.

Utilidades empresariales / Establecimiento permanente

En el apartado de beneficios empresariales (artículo 8) y establecimiento permanente (artículo 9):

  1. Una empresa de un país solo puede tributar por sus beneficios empresariales en el otro país si tiene un establecimiento permanente allí.

  2. Si los beneficios son atribuibles a ese establecimiento permanente, pueden tributar en el país anfitrión; de lo contrario, solo tributan en el país de residencia.

 

Ejemplo: una empresa tecnológica estadounidense establece una filial en Corea con una sucursal que se considera un PE. Las ganancias generadas por dicha sucursal pueden tributar en Corea. Sin embargo, si otra empresa estadounidense simplemente vende en Corea sin un domicilio social fijo (solo a través de agentes), bajo ciertas condiciones, esos ingresos podrían no estar sujetos al impuesto sobre la renta de sociedades coreano.

 

Cumplimiento e informes

Comprender el tratado es una cosa. Gestionar el cumplimiento es otra, y es aquí donde suelen cometerse errores. En H&CO, priorizamos a las personas y aprovechamos nuestra experiencia global para facilitar operaciones transfronterizas fluidas.

Documentación de residencia y titularidad efectiva

Para solicitar los beneficios del tratado, a menudo es necesario presentar prueba de residencia (residencia fiscal) y titularidad efectiva. Los agentes de retención coreanos (como los contribuyentes) pueden exigir documentación para aplicar las tasas reducidas del tratado.

Cabe destacar que, desde el 1 de enero de 2023, Corea exige que los inversores no residentes justifiquen la titularidad efectiva para poder solicitar los beneficios del tratado. Si no se presenta esta documentación, el contribuyente deberá retener el tipo impositivo no aplicable.

Esto pone de relieve la importancia de una documentación sólida y de una planificación fiscal basada en tratados.

Obligaciones del agente de retención

Las entidades del país de origen que pagan dividendos, intereses o regalías deben realizar la retención fiscal correcta según la tasa del tratado, pero solo si cuentan con la documentación requerida (residencia, formularios del beneficiario efectivo). De no ser así, podrían retener las tasas nacionales estándar, exponiendo al beneficiario efectivo a mayores impuestos y posibles procesos de reembolso.

Reclamación de créditos fiscales extranjeros

Los contribuyentes estadounidenses que pagan impuestos coreanos generalmente pueden solicitar un crédito tributario extranjero en su declaración de impuestos sobre la renta estadounidense, lo que reduce su obligación tributaria en ese país, siempre que cumplan con los requisitos del IRS y documenten sus impuestos coreanos pagados.

De igual manera, los residentes coreanos pueden utilizar los créditos fiscales estadounidenses según la legislación fiscal coreana (dependiendo de las normas nacionales específicas), aunque la clave reside en integrar la planificación de los tratados con la declaración y el cumplimiento tributario local.

Presentación de informes y declaraciones basadas en tratados

Algunas posiciones basadas en tratados deben divulgarse en los formularios de impuestos de EE. UU. Por ejemplo, en otros tratados, los contribuyentes utilizan el Formulario 8833 del IRS (Divulgación de la posición de declaración basada en el tratado) para revelar que están tomando una posición basada en un tratado fiscal. Si bien el tratado entre Estados Unidos y Corea puede no exigir explícitamente el 8833 en todos los casos, la mejor práctica suele ser la transparencia cuando las posiciones de los tratados afectan significativamente la obligación tributaria.

Mientras tanto, la planificación fiscal estructurada garantiza que las tasas de retención, la elegibilidad de los tratados y los créditos estén alineados, minimizando la fricción, reduciendo las sorpresas y evitando disputas costosas.

 

10 estrategias fiscales para maximizar los beneficios de los tratados

A continuación se presentan diez estrategias prácticas para que las empresas y las personas aprovechen el tratado de impuestos sobre la renta entre Estados Unidos y Corea, en línea con el compromiso de H&CO de brindar un servicio personalizado, innovador y de alta calidad.

  1. Documente la titularidad efectiva con anticipación: asegúrese de tener la documentación correcta de residencia y titularidad efectiva lista antes de realizar cualquier pago transfronterizo. Esto evita las tasas de retención no contempladas en el convenio y garantiza beneficios óptimos del mismo.

  2. Estructura de propiedad para la eficiencia de dividendos: si planea repatriar dividendos, considere estructuras de propiedad que le permitan calificar para la tasa reducida del 10% (por ejemplo, propiedad corporativa con ≥10% de acciones con derecho a voto) según el Artículo 12.

  3. Utilice las tasas de interés de los tratados en la financiación interempresarial: en el caso de préstamos transfronterizos, asegúrese de que los pagos de intereses estén estructurados para maximizar el beneficio de la tasa de retención limitada del 12 %. Esto puede reducir el coste de la financiación de la deuda entre entidades estadounidenses y coreanas.

  4. Negocie las condiciones de las licencias de propiedad intelectual (PI): al licenciar propiedad intelectual (PI) transfronterizamente, establezca pagos de regalías para beneficiarse de la tasa de interés de los tratados del 15 % (o del 10 % para ciertas categorías). Adapte los contratos para que reflejen las condiciones de los tratados.

  5. Planifique cuidadosamente el establecimiento permanente: utilice la definición de establecimiento permanente (Artículo 9) para determinar si el establecimiento de una sucursal, oficina o presencia comercial en Corea genera impuestos coreanos. De ser así, asigne y documente cuidadosamente las ganancias a ese establecimiento permanente para aprovechar las normas sobre beneficios empresariales del tratado.

  6. Aproveche la exención de ganancias de capital: planifique la enajenación de activos de capital (como acciones estadounidenses) para que se ajusten a la exención general del Artículo 16. Si cumple los requisitos (es decir, no tiene un PE, no tiene una base fija o tiene menos de 183 días), las ganancias podrían no tributar en Corea.

  7. Gestione estratégicamente las asignaciones de trabajo: para quienes dividen su tiempo entre EE. UU. y Corea, controle cuidadosamente los días de presencia y su situación de base fija. Mantenerse por debajo de los 183 días o evitar una "base fija" en Corea puede preservar el trato favorable del tratado para las ganancias de capital.

  8. Aproveche los créditos fiscales extranjeros: optimice la planificación de los créditos entre EE. UU. y Corea: asegúrese de que los impuestos coreanos pagados estén completamente documentados, se declaren como créditos fiscales extranjeros en las declaraciones estadounidenses y se alineen con la fuente de ingresos para minimizar los impuestos estadounidenses.

  9. Utilice el procedimiento de acuerdo mutuo (MAP): si existe una disputa sobre un tratado (por ejemplo, doble imposición o interpretaciones contradictorias), utilice el procedimiento de acuerdo mutuo. H&CO puede ayudar a iniciar y gestionar ese diálogo.

  10. Cumpla con la declaración basada en tratados: sea proactivo en el cumplimiento de los requisitos de documentación del agente de retención y mantenga registros sólidos. Si utiliza declaraciones de impuestos basadas en tratados en su declaración de impuestos de EE. UU., considere declararlas mediante el Formulario 8833 (u otros mecanismos) para minimizar el riesgo de impugnación.

 

¿Cómo puede ayudarle H&CO?

En H&CO, LLP, nuestro experimentado equipo de profesionales en impuestos internacionales, contadores públicos certificados reconocidos como asesores fiscales internacionales de confianza, comprende los matices de la legislación sobre impuestos a las ganancias de los EE. UU. y Corea del Sur, y nos apasiona guiarlo a través de cada paso del proceso de planificación basado en tratados.

 


Preguntas frecuentes 

1. ¿Qué es el tratado sobre impuesto sobre la renta entre Estados Unidos y Corea?

Se trata de un acuerdo bilateral entre Estados Unidos y Corea del Sur diseñado para evitar la doble tributación, fomentar la inversión y promover la cooperación. Define cómo se gravan los diferentes tipos de ingresos (dividendos, intereses, regalías, beneficios empresariales, ganancias de capital) en cada país.

2. ¿Quién se beneficia del tratado?

Tanto los residentes como las empresas estadounidenses y coreanas se benefician. Si obtiene ingresos en un país y paga impuestos allí, el tratado le ayuda a garantizar que no vuelva a pagar impuestos en el otro país o le ofrece mecanismos para solicitar un crédito.

3. ¿Cuáles son las tasas de retención de impuestos según el tratado?

Dividendos: hasta el 15% para personas físicas, 10% para sociedades matrices con una participación igual o superior al 10%.
Intereses: máximo 12%, con exenciones para ciertas entidades públicas.
Regalías: generalmente 15%, pero 10% para regalías literarias, artísticas o cinematográficas.

4. ¿Las ganancias de capital estadounidenses están siempre exentas del impuesto coreano?

No siempre. Según el Artículo 16, las ganancias generalmente están exentas, pero se aplican excepciones, como las ventas de bienes inmuebles en el país de origen o las ganancias vinculadas a un establecimiento permanente o una base fija donde el vendedor permanezca ≥183 días.

5. ¿Necesito presentar documentación especial para recibir los beneficios del tratado?

Sí. Debe proporcionar comprobante de residencia fiscal y titularidad efectiva a los agentes de retención. Desde 2023, Corea exige documentación para acreditar la titularidad efectiva.

6. ¿Cómo reclamo créditos fiscales extranjeros en el lado estadounidense?

Puede reclamar un crédito en su declaración de impuestos de EE. UU. por los impuestos coreanos pagados, sujeto a las normas del IRS. La documentación y la asignación de ingresos correctas son esenciales.

7. ¿Qué pasa si me cobran impuestos injustamente en un país?

Puede invocar el Procedimiento de Acuerdo Mutuo (MAP) conforme al tratado, donde las autoridades fiscales de Estados Unidos y Corea pueden negociar para resolver disputas relacionadas con el tratado.

8. ¿El tratado protege contra la discriminación fiscal?

Sí. El artículo 7 garantiza que los nacionales, residentes y empresas de un país no sean discriminados en el otro país únicamente por motivos de nacionalidad o forma corporativa.

9. ¿Cómo puede H&CO ayudarme a navegar este tratado?

Nuestro equipo de impuestos internacionales le ayudará a interpretar los artículos de los tratados, preparar la documentación necesaria, optimizar los créditos fiscales extranjeros e implementar estructuras transfronterizas de forma compatible con las normativas y fiscalmente eficiente. También le ayudamos con el MAP si es necesario.

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